¡Atención entidades públicas!
Ofrecimiento de bienes muebles en enajenación a título gratuito - Resolución No. 2027 de 2026.
El Instituto de Desarrollo Urbano - IDU informa que tiene disponibles bienes muebles dados de baja clasificados como Servibles No Utilizables, los cuales se ofrecen a título gratuito a las entidades públicas en cumplimiento del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 y del Manual de Administración de Bienes de la Entidad.
Plazo de postulación:
Las entidades interesadas podrán presentar su manifestación de interés desde el 12 de agosto de 2026 hasta el 11 de septiembre de 2026 (30 días calendario).
Forma de presentación y canal de recepción:
La solicitud debe enviarse mediante comunicación oficial suscrita por el Representante Legal o el Ordenador del Gasto de la entidad, dirigida al IDU a través del formulario web en el enlace https://www.idu.gov.co/page/radicacion-correspondencia o de forma presencial en la Calle 22 No. 6 – 27 (Horario: lunes a viernes de 07:00 a.m. a 04:30 p.m.).
Contenido obligatorio de la comunicación:
Identificación de bienes: Relación detallada del listado de bienes solicitados (incluyendo número de placa).
Señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud
Documentos soporte obligatorios:
Carta de solicitud / manifestación de interés con la necesidad funcional y el listado de bienes (con placa) requeridos.
Copia del acto de nombramiento y acta de posesión del representante legal o delegado.
Copia del documento de identidad del representante legal o delegado.
Certificado de existencia y representación legal o norma de creación de la entidad.
Registro Único Tributario (RUT).
Certificados de antecedentes (Fiscal/Contraloría, Disciplinario/Procuraduría y Judiciales/PONAL) del representante legal y de la entidad pública
Condiciones de asignación y entrega:
Si concurren dos o más manifestaciones de interés sobre los mismos bienes, se dará preferencia a la entidad que primero haya radicado su solicitud y que cumpla con los requisitos y documentación solicitada.
Una vez asignados, se suscribirá el Acta de Entrega, fijando la fecha de retiro material de los bienes (plazo no mayor a 30 días calendario) después de adjudicado.
La entidad beneficiaria deberá asumir la totalidad de los costos de desmonte, embalaje, cargue, transporte, trámites administrativos, legales, contables, impuestos y tasas a que haya lugar.
Obligación de evidencia de uso: La entidad receptora deberá remitir al IDU los soportes o evidencias (fotográficas, de incorporación a inventarios o de destinación final) a los correos electrónicos: andres.agudelo@idu.gov.co y almacen.einventarios@idu.gov.co que demuestren el efectivo uso y aprovechamiento de los bienes adjudicados para satisfacer la necesidad funcional manifestada.
